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BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO "SUBITE A LA EUKANETA"

 

1.       Organizador.

 

 1.1 El presente Concurso denominado “SUBITE A LA EUKANETA” (el “Concurso”), es organizado por ROYAL CANIN ARGENTINA S.A. (el “Organizador”) y se regirá por las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).  

 

2.       Plazo de Vigencia y Ámbito Geográfico.

 

2.1 El presente Concurso tendrá vigencia desde el 15 de julio de 2022 hasta el día 8 de septiembre de 2022 (el “Plazo de Vigencia”) y se desarrollará en el territorio de la República Argentina (el “Ámbito Geográfico”).

 

3.         Participantes.

 

3.1   Podrá participar del Concurso cualquier veterinaria y/o petshop que sea cliente del Organizador ubicado dentro del Ámbito Geográfico (en adelante el/los “Participante/s”).

 

Quedan excluidos de participar del Concurso: (i) personal del Organizador, de sus agencias de publicidad y promoción como sus familiares en segundo grado de consanguineidad; (ii) los ex empleados del Organizador, de sus agencias de publicidad y promoción que se hubiesen desvinculado hasta 30 (TREINTA) días antes del inicio del Plazo de Vigencia;

 

4.       Modo de Participación.

 

4.1   Para participar en el Concurso, cada Participante tendrá un Objetivo (conforme se define más adelante) estipulado conforme a la Categoría (conforme se define más adelante) a la cual fue asignado la cual dependerá del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador (los “Productos”) en los últimos 6 (seis) Períodos previos a la fecha del inicio del Concurso. Dado lo anterior, los Participantes serán segmentados en 3 (tres) zonas (en forma individual la "Zona”, todas en su conjunto las “Zonas”), divididas cada una en 4 (cuatro) categorías (en forma individual la “Categoría”, todas en su conjunto las “Categorías”):

 

·       Zona  Buenos Aires

·       Zona   Córdoba.

·       Zona  Distribuidores

 

Al respecto, cada Categoría tendrá los siguientes objetivos de ventas (el/los “Objetivos/s”):

 

·       Categoría A Buenos Aires: un incremento en el porcentaje de ventas que represente un 10% (diez por ciento)  respecto al promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses previos a la fecha de  inicio del Concurso.

·       Categoría A Córdoba: un incremento de en el porcentaje de ventas que represente un 5% (cinco por ciento) respecto del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses  previos a la fecha de  inicio del Concurso.

·       Categoría A Distribuidores: un incremento en el porcentaje de ventas que represente un 12% (doce por ciento) respecto del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses previos a la fecha de  inicio del Concurso

·       Categoría B Buenos Aires: un incremento en el porcentaje de ventas que represente un 15% (quince por ciento) respecto del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses previos a la fecha de  inicio del Concurso.

·       Categoría B Córdoba: un incremento en el porcentaje de ventas que represente un 15% (quince por ciento) respecto del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses previos a la fecha de  inicio del Concurso..

·       Categoría B Distribuidores: un incremento en el porcentaje de ventas que represente un 20% (veinte por ciento) respecto del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses previos a la fecha de  inicio del Concurso.

·       Categoría C Buenos Aires: un incremento en el porcentaje de ventas que represente un 20% (veinte por ciento) respecto del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses previos a la fecha de  inicio del Concurso.

·       Categoría C Córdoba: un incremento en el porcentaje de ventas que represente un 20% (veinte por ciento) respecto del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses previos a la fecha de  inicio del Concurso.

·       Categoría C Distribuidores: un incremento en el porcentaje de ventas que represente un 50% (cincuenta por ciento) respecto del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses previos a la fecha de  inicio del Concurso

·       Categoría D Buenos Aires: un incremento de 100 (cien) kilogramos de alimentos  respecto del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses previos a la fecha de inicio del Concurso

·       Categoría D Córdoba: un incremento de 100 (cien) kilogramos de alimentos respecto del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses previos a la fecha de inicio del Concurso.

·       Categoría D Distribuidores: un incremento de 100 (cien) kilogramos de alimentos respecto del promedio de kilaje de alimentos comprados mensualmente al Organizador en los últimos 6 (seis) meses previos a la fecha de  inicio del Concurso.

 

4.2   Una vez segmentados los Participantes en las Categorías y determinados los Objetivos conforme lo indicado anteriormente, el Organizador le enviará un correo electrónico al Participante a fin de comunicárselas y estar informado del presente Concurso.  

 

4.3   Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el Concurso que se realice por cualquier proceso, técnica, mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases, así como también la utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar o que, a criterio del Organizador, sea considerada fraudulenta.

 

4.4   Cada 15 (quince) días, el Organizador le enviará vía WhatsApp a los Participantes distintos mensajes enmarcados dentro de una acción de “Motivación” por parte del Organizador a los Participantes para que cumplan con el Objetivo. Dichos mensajes serán enviados desde la cuenta de WhatsApp que posee el Organizador, siendo estos mensajes de voz realizados por el imitador “Milton Re”.

 

4.5   Los Participantes que no cumplan con la mecánica antes descripta, serán descalificados del Concurso.

 

4.6   El Organizador tendrá la facultad de requerirle al Participante todas las facturas, recibos, remitos y/o documentación a fin de probar que cumplió con el Objetivo propuesto para su Categoría. El Participante tendrá la obligación de acompañar dicha documentación. De no hacerlo, podrá ser eliminado del Concurso y la decisión del Organizador será inapelable.

 

5.       Selección de Ganadores del Concurso

 

5.1. De acuerdo con la mecánica indicada en la cláusula 3 y 4, y cumplido con todos los requisitos allí mencionados, el Participante que cumplió los Objetivos accederá a un sorteo que se llevará a cabo el día 26 de septiembre de 2022 a través de una herramienta randómica en horario a definir  (el “Sorteo”). El Sorteo podrá ser presenciado por cualquiera de los Participantes siempre y cuando coordinen con el Organizador su asistencia previa.

 

5.2. El Sorteo arrojará del universo de Participantes que completaron correctamente la mecánica del Concurso (es decir que hayan cumplido los Objetivos conforme su categoría) a 30 (treinta) ganadores (“el/los Ganadores”).

 

5.3.   Adicionalmente, se sortearán 30 (TREINTA) potenciales ganadores suplentes (en adelante, los “Ganadores Suplentes”) para el caso de que los Ganadores principales no reciban los Premios y/o no puedan ser notificados de su condición acorde a lo explicado en la Cláusula 5.4.

 

5.4.   Los Ganadores serán informados de su condición entre el 22/09/2022 y el 05/10/2022.

 

5.5.    Para el caso de que los Premios queden vacantes por que los Ganadores principales no quieran recibir el Premio previsto en la Cláusula 6 o no se los pueda notificar de su condición de Ganadores en un plazo de 5 (CINCO) días de realizado el Sorteo, los Ganadores Suplentes podrán acceder a los Premios de forma accesoria y se transformarán en Ganadores si se lo puede notificar de su condición en el plazo de 5 (CINCO) días de haberse vencido el plazo de respuesta de los Ganadores principales. Si alguno de los Ganadores Suplentes no quiere recibir el Premio y/o no se lo puede notificar en el plazo previsto, el/los Premio/s quedará/n vacante/s pudiendo el Organizador retenerlo para sí. Esta decisión será inapelable.

 

6.       Premios.

 

6.1 El Concurso contará con 30 (TREINTA) premios que serán entregados conforme el orden de ubicación que arroje el Sorteo. Dichos premios serán los siguientes (en adelante el/los “Premio/s):

 

a- Primer Premio: Una camioneta modelo Kangoo II Express Confort 1.6 SCe 2022 0 km con ploteo estandarización Eukanuba

 b- Segundo a décimo Premio: Smart TV 65” 4K UHD modelo Phillips 65PUD7906/77

c- Décimo primero al décimo quinto Premio: Barra de Sonido Phillips Modelo TAB7305/12

d- Décimo sexto al trigésimo Premio:  Remera/s de la Selección Argentina de Fútbol

 

6.2 Premio extra: 1 (un) pase o invitación denominada “Meet and Greet” para los primeros 6 (seis) Ganadores que podrán acceder junto a 6 (seis) acompañantes (1 acompañante por cada Ganador) a un encuentro a desarrollarse durante el mes de octubre con la participación de Guillermo Coppola. Estos se sumarán a otros 6 (seis) Ganadores junto con 6 acompañantes (1 acompañante por cada Ganador) que serán seleccionados a través de una acción publicitaria distinta al presente Concurso.

 

6.3 Los Ganadores deberán recibir sus Premios una vez finalizado el Concurso. Los Ganadores recibirán una notificación a través de WhatsApp,  por teléfono o de manera presencial y que deberá ser contestado en un plazo máximo de 5 (CINCO) días de recibida la notificación confirmando el día y el horario en el cual el Organizador le propone recibir su Premio. Para recibir el Premio el Ganador deberá acreditar su identidad y firmar un recibo de conformidad al momento de la recepción del Premio.

 

6.4 El Premio será entregado por el Organizador a él/los Ganador/es en el lugar y fecha previamente convenidos individualmente con cada Ganador.

 

6.5 En caso de que los Ganadores no acrediten su identidad o no se encuentren presentes para recibir el Premio por cualquier motivo que fuese, inmediatamente perderán la calidad de Ganadores y no podrá reclamar el Premio por ningún motivo. Esta decisión será inapelable

 

6.6 Los Ganadores solo podrán recibir el Premio indicado, no pudiendo los Ganadores obtener ningún reembolso o beneficio a cambio.

 

6.7 En caso de que el/los Ganador/es no cumpla/n con cualquiera de los requisitos dispuestos en esta Cláusula y/o cualquiera de los requisitos previstos en las Bases, así como si no le/s interesara obtener el Premio y o el presente Concurso o se comportara/n de manera indecorosa, no serán considerados Ganadores ni le/s asistirán derecho a reclamo del Premio y/o compensación y/o indemnización alguna. En caso de que por cualquier causa que fuere el/los Ganador/es no cumpliera/n con las instrucciones del Organizador y/o no le/s interese el Premio, este será de propiedad del Organizador. Esta decisión será inapelable.

 

6.8 El Organizador no se hará cargo de ningún tipo de gasto que traiga aparejado la utilización del Premio por parte de los Ganadores del Concurso. El Organizador no correrá con los gastos de transferencia, papelería, patentamiento, impuestos, ni ningún otro costo o gasto que involucre la asignación, transferencia y entrega de los Premios a los Ganadores.  Todos los costos, gastos relativos a la asignación de los Premios estarán a cargo de los Ganadores.

 

6.9 Los Premios mencionados en la Cláusula 6.1 y 6.2 no son los exhibidos en las fotografías del Concurso, siendo los mismos meramente ilustrativos y quedando a disponibilidad del Organizador.

  

7.       Canje e Impuestos.

 

7.1 Los Premios no podrán ser canjeados por dinero u otros bienes o servicios distintos de los indicados. Asimismo, el derecho a la asignación de los mismos es intransferible. El Organizador no dará a los Participantes y/o Ganadores ningún otro pago, prestación, bien o servicio distinto a los detallados en las presentes Bases. Todo impuesto, gastos, tasas y/o aranceles que deba tributarse con relación a los Premios y/o al Concurso, que no estén expresamente previstos a cargo del Organizador serán a exclusivo cargo de los Participantes y/o Ganadores, en su caso.

 

8.       Exención de Responsabilidad.

 

8.1   El Organizador no será responsable por fallas en los Premios o la utilización de los Premios, ni por los defectos o vicios que los Premios pudieran tener, ni tampoco por errores humanos o acciones deliberadas de terceros que pudieren interrumpir o alterar el normal desarrollo del Concurso y/o el canje o utilización del Premio.

 

8.2   El Organizador no dará a los Participantes y/o los Ganadores ningún otro pago, prestación, bien o servicio distinto al detallado en este Concurso. Todos los gastos en que incurran los Participantes y/o los Ganadores en relación al Concurso y a los Premios serán por exclusiva cuenta del Participante que corresponda. Todo impuesto, tasa y/o arancel que deba tributarse en relación al Premio y/o al Concurso serán a exclusivo cargo de los Participantes y/o los Ganadores.

 

8.3   El Organizador se reserva el derecho de eliminar y/o no computar respecto del Concurso a aquellos mecanismos de participación que no cumplan con las condiciones establecidas en el presente y/o que, a su exclusiva interpretación, resulten: ilegales, abusivos, fraudulentos, antirreglamentarios, clandestinos  y/o se consideren que no representen las situaciones previamente indicadas o que de cualquier forma viole derechos de terceros, asumiendo los Participantes la obligación de mantener totalmente indemne al Organizador frente a eventuales reclamos de terceros al respecto. La decisión será tomada por el Organizador a su exclusivo arbitrio y será inapelable.

 

 

8.4   Está prohibido y será anulado cualquier intento o método de participación en el Concurso que se realice por cualquier proceso, técnica, mecánica de participación distinta a la detallada en estas Bases, así como también la utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, programada, mecanizada o similar o que, a criterio del Organizador, sea considerada fraudulenta. 

 

8.5   El Organizador cuenta con todos los permisos y autorizaciones pertinentes otorgadas por las personalidades famosas y/o sus representantes legales a los fines de proceder con el envío de los mensajes descriptos en la Cláusula 4.3 de estas Bases.

 

8.6   El Organizador declara, manifiesta y garantiza que Milton Re no es un empleado ni trabajador en relación de dependencia del Organizador.

 

9.       Daños y Perjuicios.

 

9.1 El Organizador no se responsabiliza por los daños y perjuicios que pudieran sufrir los Participantes, Ganadores y/o terceros en su persona o bienes, con motivo o en ocasión del presente Concurso, ni tampoco por los resultados que este arroje. Cualquier reclamo respecto del Premio descriptos en estas Bases, así como también el resultado del Concurso, no es responsabilidad del Organizador. El Organizador no otorga ninguna garantía por el Premio, ni se hace responsable por su funcionamiento y el resultado de su utilización.

 

10.   Derecho de acceso a los Datos Personales.

 

10.1 El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. La AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.

 

10.2 El Organizador podrá utilizar sus datos personales para los fines de este Concurso o para proveer el servicio que usted solicite, e invitarlo a futuros eventos relacionados con productos o servicios de Royal Canin y/o enviarle información relevante en forma personalizada. El Organizador no vende, renta o arrienda a terceros la información proporcionada por los Participantes. Ocasionalmente la información puede ser proporcionada a otras compañías que trabajan en nombre y representación del Organizador.

 

10.3 Al participar del Concurso, usted acepta y autoriza expresamente al Organizador a utilizar sus datos personales con los alcances referidos previamente

 

11.   Modificación, Cancelación o Suspensión.

 

11.1 El Organizador podrá, a su solo criterio: (i) ampliar o disminuir la nómina de Premios o reemplazarlos por otros; (ii) modificar las fechas de comienzo y finalización del Plazo de Vigencia; (iii) modificar estas Bases; y (iv) desistir de llevar a cabo el presente Concurso, comunicándolo en la misma forma en la que se han comunicado estas Bases y sin que ello otorgue derecho alguno a los Participantes.

 

12.   Aceptación de las Bases.

 

12.1 La participación en este Concurso implica el conocimiento y aceptación de las Bases, así como de las decisiones que el Organizador adopte sobre cualquier cuestión no prevista en las mismas. El Organizador se reserva el derecho de modificar en forma unilateral, sin mediar previo aviso, ni comunicación, estas Bases, sin que ello genere derecho a reclamo o indemnización alguna en favor de los Participantes.

 

13.   Publicidad de las Bases.

 

13.1 Las presentes Bases podrán ser consultadas exclusivamente en el siguiente sitio web: https://www.eukanuba.com/ar/terminos-y-condiciones-subite-a-la-eukaneta

 

 

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 15  de julio de 2022.